¿Cada cuánto se renueva el certificado de manipulación de alimentos?

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La respuesta corta: la norma no le pone fecha de vencimiento al certificado, pero exige capacitación continua, con un plan de al menos 10 horas al año, y un reconocimiento médico por lo menos una vez al año. Por eso lo habitual es renovarlo cada año. Te explicamos el detalle.

La capacitación debe ser continua

El artículo 12 de la Resolución 2674 de 2013 obliga a los establecimientos a tener un plan de capacitación continuo y permanente para su personal manipulador, desde el momento de la contratación y reforzado con charlas, cursos u otros medios de actualización. Ese plan debe sumar al menos 10 horas anuales.

La norma no dice que el certificado 'caduque': lo que exige es que la formación se renueve. En la práctica, muchos establecimientos piden a su personal actualizar el certificado cada año como parte de ese plan.

El reconocimiento médico

Aquí la norma sí es explícita: el artículo 11 exige que al manipulador se le practique un reconocimiento médico por lo menos una vez al año, y además cada vez que haga falta por razones clínicas, por ejemplo después de una ausencia por una infección que pueda contaminar los alimentos. El resultado es un certificado médico en el que consta la aptitud para manipular alimentos.

¿Por qué renovar?

  • Refuerzas buenas prácticas y corriges hábitos que se relajan con el tiempo.
  • Te mantienes al día con la normativa y las exigencias del establecimiento.
  • Demuestras compromiso con la inocuidad ante empleadores y autoridades.

Cómo renovarlo

Renovar es volver a capacitarte: puedes hacerlo con el plan que organice tu empleador o con un curso online.

Fuentes

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Preguntas frecuentes

¿Mi certificado tiene fecha de vencimiento?
La Resolución 2674 de 2013 no fija un vencimiento para los certificados de capacitación. Acreditan que te capacitaste en una fecha determinada; como la formación debe ser continua, lo habitual es renovarlo cada año.
¿Cada cuánto se hace el examen médico?
Por lo menos una vez al año, según el artículo 11 de la Resolución 2674 de 2013, y además siempre que haga falta por razones clínicas.

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